Categoría: Arts and Humanities
ORIGINAL
Analysis of the application and impact on fundamental rights of the principle of full reparation in Ecuador
Análisis de la aplicación e impacto en los derechos fundamentales del principio de reparación integral en el Ecuador
Guido Javier Silva Andrade1 *, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo1 *, Stalin Daniel Cuji León1 *, Erick Daniel Maji Gusqui1 *
1Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Ecuador.
Citar como: Silva Andrade GJ, Viteri Naranjo BDC, Cuji León SD, Maji Gusqui ED. Analysis of the application and impact on fundamental rights of the principle of full reparation in Ecuador. Salud, Ciencia y Tecnología - Serie de Conferencias. 2023; 2:1044. https://doi.org/10.56294/sctconf20231044
Enviado: 02-05-2023 Revisado: 16-08-2023 Aceptado: 25-11-2023 Publicado: 26-11-2023
Editor: Dr. William Castillo-González
ABSTRACT
The article examines the application of the principle of comprehensive reparation in the Ecuadorian Constitution and its impact on the protection and effectiveness of fundamental rights. This analysis is conducted through a bibliographic review, exploring academic literature, legal texts, jurisprudence, and human rights documents, combined with an examination of the Constitution, laws, regulations, government policies, and reports from international organizations. The analysis employs both legal and content analysis methodologies. The result is a study of the legal and jurisprudential framework related to comprehensive reparation, reviewing its implementation in specific cases and its impact on social justice and equity in the country. Additionally, it identifies the challenges and opportunities presented by this approach to strengthen the human rights system in Ecuador.
Keywords: Constitution; Jurisprudence; Violation; Reparation Measures; Effectiveness.
RESUMEN
El artículo analiza la aplicación del principio de reparación integral en la Constitución del Ecuador y su influencia en la protección y efectividad de los derechos fundamentales. Se realiza a partir de la una revisión bibliográfica, examinando la literatura académica, textos legales, jurisprudencia y documentos de derechos humanos. Combinada con la revisión de la Constitución, leyes, reglamentos, políticas gubernamentales e informes de organismos internacionales. Bajo un análisis jurídico y de Contenido. Lo cual ofrece como resultado un estudio del marco legal y jurisprudencial relacionado con la reparación integral, revisando su implementación en casos específicos y su impacto en la justicia social y la equidad en el país. Además, se identifican desafíos y oportunidades que presenta este enfoque para fortalecer el sistema de derechos humanos en Ecuador.
Palabras clave: Constitución; Jurisprudencia; Vulneración; Medidas de Reparación; Efectividad.
INTRODUCCIÓN
La presente investigación se adentra en el análisis del principio de reparación integral consagrado en la Constitución del Ecuador, evaluando su influencia en la protección y efectividad de los derechos fundamentales. Ya que en este contexto, la reparación integral emerge como un enfoque fundamental dentro del marco legal, enraizado en la restauración de derechos vulnerados y la promoción de la justicia dentro de un Estado Constitucional que prioriza la salvaguardia de los derechos fundamentales y la búsqueda de la equidad social. (Verdugo Lazo, 2023)
El mandato constitucional en Ecuador establece que toda violación de derechos conlleva la necesidad de una reparación integral. Esto significa que la Constitución reconoce la obligación del Estado de brindar reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos, injusticias sociales y otros agravios. Este mandato representa un cambio de paradigma en el ámbito constitucional, reflejando una evolución en la comprensión de los derechos y las responsabilidades del Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social. (Verdugo Lazo, 2023)
La reparación integral se consolida como un derecho constitucional respaldado por la Constitución ecuatoriana y se configura como un principio rector que fortalece la garantía de derechos en diversos ámbitos. Su aplicación se extiende a una amplia gama de contextos, desde las víctimas de delitos individuales hasta las comunidades en situación de vulnerabilidad en sus derechos constitucionales. (Carrión, 2015; Machado Maliza et al., 2021; Orna Vásquez, 2024)
La Corte Constitucional del Ecuador ha establecido que la reparación integral no es una mera opción discrecional para el juez constitucional, sino un deber y una obligación. En consecuencia, cuando se demuestra la vulneración de un derecho como resultado de una acción tanto pública como privada, los jueces constitucionales están obligados a ordenar una remediación que aborde todas las afectaciones y busque restaurar la situación de la persona afectada. (Fernanda, 2019; Salazar Ortiz, 2024; Torres & Abrahan, 2020)
Según los datos expuestos por el Gobierno entre 2018 y 2023, se ha observado un incremento sostenido en el número de casos presentados ante este organismo relacionados con la aplicación del principio de reparación integral. Esto refleja una mayor conciencia sobre el derecho a la reparación integral y la disposición de las personas a exigir su cumplimiento. (Ecuador Defensoria del pueblo & Universidad UTE, 2020; Ruiz Guzmán et al., 2018; Salazar Ortiz, 2024)
Por lo que analizar la aplicación del principio de reparación integral en la Constitución del Ecuador y su influencia en la protección y efectividad de los derechos fundamentales se convierte en el objetivo de esta investigación. Para ello se pretende estudiar el marco legal y jurisprudencial que establece la reparación integral, revisando su implementación en casos específicos y su impacto en la justicia social y la equidad en el país. Además, se busca identificar los de safíos y las oportunidades que presenta este enfoque para fortalecer el sistema de derechos humanos en Ecuador.
MÉTODO
Para el desarrollo de la investigación se aplicaron diversos métodos teóricos y empíricos que guardan relación con la ciencia jurídica. A continuación se exponen:
Análisis y síntesis
· Descomponer el concepto de reparación integral en sus componentes básicos, como las formas de reparación, los actores involucrados, y los mecanismos legales.
· Analizar la Constitución ecuatoriana, leyes, reglamentos, y jurisprudencia relacionados con la reparación integral.
· Combinar los hallazgos del análisis para formar una comprensión integral del estado actual de la reparación integral en Ecuador.
· Desarrollar conclusiones basadas en la integración de datos legales, jurisprudenciales y de casos prácticos.
· Proponer recomendaciones para mejorar la implementación de la reparación integral basándose en la síntesis de los datos recopilados.
Inductivo-deductivo
· Recopilar datos empíricos de diversas fuentes como estudios de casos, informes gubernamentales, y documentos de organismos internacionales.
· Identificar patrones y tendencias en la aplicación de la reparación integral a través del análisis de casos y datos empíricos.
· A partir de los datos observados, desarrollar generalizaciones sobre cómo funciona la reparación integral en el contexto ecuatoriano.
· Plantear hipótesis sobre las relaciones entre la reparación integral y la efectividad de los derechos constitucionales basadas en las observaciones.
· Partir de teorías establecidas y marcos legales existentes sobre derechos humanos y reparación integral.
· Establecer premisas generales sobre la relación entre la reparación integral y la protección de los derechos constitucionales.
· Aplicar las premisas generales a casos específicos y situaciones reales en Ecuador.
· Evaluar si las observaciones específicas concuerdan con las premisas generales y teorías previamente establecidas.
· Confirmar o refutar las hipótesis deducidas a través de la comparación con los datos empíricos y los resultados observados en la práctica.
Revisión bibliográfica
En este estudio, se llevará a cabo una revisión bibliográfica exhaustiva que abarcará una amplia gama de materiales académicos y legales. Se examinarán artículos de revistas académicas, libros especializados, tesis, y disertaciones que traten sobre el concepto de reparación integral y su aplicación en contextos constitucionales. Asimismo, se revisarán textos legales fundamentales, incluyendo la Constitución ecuatoriana y diversas leyes pertinentes. La revisión también incluirá jurisprudencia de tribunales nacionales e internacionales, así como documentos de organismos de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales. Este enfoque permitirá comprender en profundidad la evolución del concepto de reparación integral y las teorías asociadas, así como identificar diversos enfoques y opiniones divergentes sobre el tema.
Análisis documental
El análisis documental será otro pilar fundamental de la metodología. Este proceso implicará la revisión detallada de una variedad de documentos legales y políticos. Se analizarán la Constitución ecuatoriana, leyes nacionales, reglamentos y políticas gubernamentales que establecen las bases legales para las medidas de reparación integral. Además, se considerarán informes de organismos internacionales de derechos humanos, tales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las Naciones Unidas, así como informes de organizaciones no gubernamentales. Este análisis proporcionará una visión completa del marco legal y político que sustenta la reparación integral en Ecuador y permitirá identificar cualquier incoherencia o laguna en las normativas existentes.
Análisis jurídico
El análisis jurídico se centrará en un estudio detallado de las disposiciones legales y la jurisprudencia relevante. Se examinarán sentencias y fallos de la Corte Constitucional de Ecuador, así como de otros tribunales nacionales y regionales, para evaluar la coherencia entre las leyes y su aplicación en la práctica. Este análisis incluirá la interpretación de los principios y directrices establecidos en la legislación y cómo estos se han implementado en casos específicos. Se buscará identificar patrones en la aplicación de la ley y evaluar la eficacia de las medidas de reparación integral ordenadas por los jueces.
Análisis de contenido
El análisis de contenido se aplicará a una variedad de fuentes para capturar percepciones y discursos públicos sobre las medidas de reparación integral. Este análisis incluirá la revisión de informes, discursos, declaraciones públicas y medios de comunicación. Se utilizarán técnicas cualitativas para identificar temas recurrentes, actitudes y opiniones expresadas en estos documentos. Esto permitirá entender cómo la reparación integral es percibida y discutida en el ámbito público, así como evaluar la influencia de estas percepciones en la implementación de políticas y medidas legales.
RESULTADOS
Análisis desde la Constitución de la República del Ecuador
La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 86, número 3, establece claramente el procedimiento y la obligatoriedad de la reparación integral cuando se constata la vulneración de derechos. La Carta Magna establece la reparación integral como un principio fundamental en el marco de los derechos humanos, garantizando la restitución de derechos a las víctimas de violaciones de derechos humanos, con un enfoque particular en las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. Este enfoque se traduce en una serie de derechos colectivos que incluyen la preservación de la identidad cultural, la protección de tierras comunitarias, el derecho a la consulta previa en proyectos que puedan afectar su entorno, el desarrollo de la educación intercultural bilingüe, la participación en la toma de decisiones y la promoción de la diversidad cultural y étnica. La Constitución de Ecuador subraya su compromiso con la justicia social y la igualdad, asegurando que los derechos colectivos sean aplicados sin discriminación y en concordancia con los principios de derechos humanos y la diversidad cultural en el país. (Ecuador Asamblea Nacional Constituyente, 2008)
Por lo que se puede decir que consagra la reparación integral como un principio fundamental dentro del marco de los derechos humanos. Este principio se orienta a garantizar la restitución de derechos a las víctimas de violaciones de derechos humanos, y se aplica con un enfoque particular en las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas.
La Constitución de Ecuador traduce este enfoque de reparación integral en una serie de derechos colectivos. Entre estos se incluyen:
· La preservación de la identidad cultural.
· La protección de tierras comunitarias.
· El derecho a la consulta previa en proyectos que puedan afectar su entorno.
· El desarrollo de la educación intercultural bilingüe.
· La participación en la toma de decisiones.
· La promoción de la diversidad cultural y étnica.
Este enfoque subraya el compromiso del país con la justicia social y la igualdad, asegurando que los derechos colectivos se apliquen sin discriminación y en concordancia con los principios de derechos humanos y la diversidad cultural. No obstante, enfrenta varios desafíos contemporáneos que afectan su implementación efectiva y su impacto en la protección de los derechos fundamentales, tales como:
Desafíos legales
· Definición y alcance de la reparación integral: aunque la Constitución y las leyes establecen la reparación integral, la interpretación y aplicación coherente de este principio pueden variar. Esto puede generar incertidumbre sobre qué constituye una reparación adecuada y completa.
· Compatibilidad con otras normas: la armonización de la normativa interna con los estándares internacionales de derechos humanos es un desafío constante. Las leyes nacionales deben estar alineadas con tratados y convenciones internacionales para garantizar una protección integral.
Desafíos institucionales
· Capacidad y recursos del sistema judicial: la efectividad de la reparación integral depende de un sistema judicial robusto y bien equipado. Limitaciones en recursos humanos, financieros y técnicos pueden afectar la capacidad de los tribunales para manejar casos complejos de violaciones de derechos humanos.
· Coordinación interinstitucional: la implementación de medidas de reparación integral requiere la cooperación de diversas instituciones del Estado. La falta de coordinación y comunicación entre estas entidades retrasa o impide la aplicación efectiva de las sentencias.
· Cumplimiento de sentencias: asegurar que las sentencias que ordenan reparaciones sean cumplidas es un desafío. la resistencia o la falta de voluntad política por parte de algunas entidades para cumplir con las medidas de reparación socavan la efectividad del sistema.
Desafíos sociales y políticos
· Sensibilización y educación: la falta de conocimiento y comprensión sobre los derechos humanos y el principio de reparación integral entre la población y los funcionarios públicos puede limitar la efectividad de las medidas de reparación. La educación y sensibilización son cruciales para fomentar una cultura de derechos humanos.
· Contexto político: las dinámicas políticas pueden influir en la implementación de la reparación integral. Cambios en la administración gubernamental, prioridades políticas y la voluntad de los líderes políticos para apoyar plenamente estos principios pueden variar.
· Injusticias sistémicas: las desigualdades estructurales y la discriminación persistente en la sociedad pueden dificultar la implementación de medidas de reparación integral. Los grupos marginados, como las comunidades indígenas y otras minorías, pueden enfrentar barreras adicionales para acceder a la justicia y obtener reparaciones adecuadas.
Desafíos prácticos
· Evaluación y seguimiento: implementar un sistema efectivo de monitoreo y evaluación de las medidas de reparación es esencial para garantizar su impacto. La falta de seguimiento puede resultar en una implementación deficiente y en la repetición de violaciones de derechos.
· Medidas económicas: las reparaciones económicas y materiales pueden ser difíciles de implementar debido a restricciones presupuestarias. Además, establecer el monto adecuado para la compensación y asegurar su pago puede ser un proceso complejo.
Análisis de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional
La establece el marco legal para la reparación integral de derechos vulnerados o menoscabados. El propósito principal de las garantías jurisdiccionales es proteger de manera eficaz y directa los derechos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos lo cual conlleva a la declaración de violaciones de derechos y la posterior reparación integral de los daños causados. La ley detalla el contenido esencial de las sentencias, incluyendo la identificación de los afectados, la argumentación legal y la declaración de violación de derechos, además, establece las diferentes formas de reparación, que van desde la restitución de derechos y compensación económica hasta medidas como disculpas públicas y atención de salud, etc. (Ecuador Asamblea Nacional, 2009)
El análisis de esta ley revela un marco firme para la protección de derechos fundamentales y la implementación de reparaciones integrales cuando estos derechos son vulnerados. A continuación, se destacan los puntos principales y los resultados de su análisis:
Puntos clave de la ley (Ecuador Asamblea Nacional, 2009)
· Finalidad de las garantías jurisdiccionales (art. 6): Las garantías jurisdiccionales están destinadas a proteger eficaz e inmediatamente los derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Esto incluye la declaración de violación de derechos y la reparación integral de los daños causados.
· Definición de reparación integral (art. 18): La ley define la reparación integral de manera amplia, incluyendo daños materiales e inmateriales. La reparación integral busca restaurar la situación previa a la violación del derecho y puede incluir diversas formas de compensación y rehabilitación.
· Reparación económica (art. 19): cuando la reparación implica pagos en dinero, se debe determinar el monto a través de un juicio verbal sumario o contencioso administrativo, dependiendo de si la violación fue perpetrada por un particular o por el Estado.
· A partir de estos artículos se puede decir que Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional brinda (Ecuador Asamblea Nacional, 2009):
· Protección eficaz e inmediata: la ley subraya la necesidad de una protección rápida y efectiva de los derechos, lo cual es crucial para prevenir daños mayores y asegurar la justicia pronta para los afectados. Esto está alineado con los principios internacionales de derechos humanos que promueven la celeridad y eficacia en la protección de derechos.
· Amplitud de la reparación integral: la inclusión de múltiples formas de reparación, desde restitución de derechos hasta compensaciones económicas y medidas simbólicas como disculpas públicas, muestra un enfoque holístico y detallado para abordar las diversas consecuencias de las violaciones de derechos. Esto es vital para garantizar que las víctimas reciban una compensación adecuada y que se restablezca su dignidad.
· Procedimientos claros y específicos: la ley proporciona procedimientos claros para la determinación y ejecución de reparaciones, lo que contribuye a la transparencia y predictibilidad del sistema de justicia. El hecho de que la reparación económica se tramite de manera específica y con procedimientos establecidos refuerza la confianza en el sistema judicial.
· Enfoque en los derechos humanos: al vincular directamente las garantías jurisdiccionales y la reparación integral con los derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, la ley refuerza el compromiso de Ecuador con la protección de los derechos fundamentales y la observancia de estándares internacionales.
· No obstante, a pesar de su solidez, la implementación de esta ley enfrenta varios desafíos, entre ellos:
· Capacidad del sistema judicial: la efectividad de estas disposiciones depende en gran medida de la capacidad del sistema judicial para manejar casos de violaciones de derechos humanos de manera eficiente y justa. Las limitaciones en recursos pueden afectar esta capacidad.
· Cumplimiento de sentencias: garantizar que las sentencias se cumplan, especialmente cuando involucran reparaciones económicas, puede ser complicado debido a la posible resistencia de las entidades responsables y las limitaciones presupuestarias.
· Conciencia y educación: es esencial que tanto las víctimas como los operadores del sistema judicial estén bien informados sobre los derechos y procedimientos establecidos en la ley para asegurar su aplicación efectiva.
Otros puntos del análisis desde la óptica de Jurídica en general aplicada en el Ecuador
Jurisdicción constitucional
Actividad que se desarrolla en el Poder Judicial o el órgano llamado a decidir las cuestiones constitucionales, según sea el sistema de control. Se encarga de dirimir los casos constitucionales que pueden generarse por lesión de derechos fundamentales o por vulneración de la norma fundamental en su estructura orgánica de supremacía, que provoca la necesidad del control de constitucionalidad (Maraniello, 2019).
Decisiones constitucionales
Las decisiones en garantías jurisdiccionales pueden emitirse de manera estimatoria o desestimatoria. En el primer caso, el fallo es estimatorio cuando el juez decide aceptar la garantía, ordenando las medidas de reparación integral correspondientes que buscan restituir al peticionario a su situación anterior a la vulneración de sus derechos fundamentales. En contraste, en el segundo caso, el juez constitucional rechaza la acción propuesta al considerarla improcedente y al no encontrar fundamento en los señalamientos del peticionario sobre las vulneraciones a sus derechos fundamentales (Quintana Garzón, 2020).
Es crucial destacar que las decisiones en garantías jurisdiccionales, que incluyen procesos como acción de protección, hábeas data, hábeas corpus, acceso a la información pública y medida cautelar autónoma, deben ser cumplidas conforme a lo establecido tanto en la Constitución como en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Esto significa que las sentencias emitidas en estos procesos son de cumplimiento obligatorio (Oyarte Martínez 2020). A continuación se exponen estas garantías:
· Acción de protección.
· Hábeas Corpus
· Acceso a la Información Pública
· Hábeas Data
· Acción Extraordinaria de Protección
Reparación de derechos
El concepto de reparación fue desarrollándose a través de distintos sectores sociales: organizaciones de derechos humanos, grupos políticos y asociaciones de víctimas de represión política. La prensa recogió las opiniones de estos grupos sociales, que abordaron los elementos esenciales de la reparación, la responsabilidad social por lo acontecido y posibles medidas para abordar el daño causado a la sociedad. (Barba et al., 2024; Guerra Moreno et al., 2020; Maraniello, 2019; Orna Vásquez, 2024; Quintana Garzón, 2020; Salazar Ortiz, 2024)
Jurisprudencia emitida por la Corte Constitucional del Ecuador respecto a la reparación integral
La jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador respecto a la reparación integral arroja resultados significativos que destacan su importancia y efectividad en la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos (Barba et al., 2024; Guerra Moreno et al., 2020; Orna Vásquez, 2024; Salazar Ortiz, 2024). Entre los principales hallazgos es el demostrar con acciones tal como se expone a continuación:
Obligatoriedad y fundamento constitucional
La Corte ha establecido que la reparación integral no es una opción discrecional, sino un mandato constitucional. Según la sentencia 004-13-SAN-CC, toda vulneración de derechos merece una reparación integral en el contexto de un Estado constitucional de derechos y justicia. Este enfoque subraya la obligación del Estado ecuatoriano de garantizar que las víctimas reciban una reparación adecuada por las violaciones sufridas. En la sentencia, en conformidad con el mandato constitucional de protección de derechos fundamentales, reafirma que la reparación integral no es una opción discrecional, sino un deber del Estado. (Corte Constitucional del Ecuador, 2013)
Ante ello se puede deducir que la información se refiere a un mandato constitucional en Ecuador que establece que toda vulneración de derechos merece una reparación integral. Esto significa que la Constitución ecuatoriana reconoce la obligación del Estado de proporcionar reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos, injusticias sociales y otros agravios.
Además, que la reparación integral se relaciona con un cambio en el paradigma constitucional, a la cual señala que la reparación integral es considerada un verdadero derecho constitucional en Ecuador, resaltando que las víctimas de violaciones de derechos humanos tienen un derecho respaldado por la Constitución a recibir reparación integral, destacando que este concepto no se limita a un solo artículo, sino que está presente en todo el ordenamiento constitucional y es un principio orientador que mejora la garantía de derechos en diversas áreas, desde delitos penales hasta asuntos ambientales.
La reparación integral se menciona como un principio transversal en el ejercicio de los derechos en Ecuador, en el cual se aplica a una amplia gama de contextos, como víctimas de delitos, consumidores afectados por engaños comerciales, comunidades indígenas que enfrentan racismo o xenofobia, y casos de afectaciones ambientales, esta transversalidad demuestra la amplitud y la importancia de la reparación integral en la sociedad ecuatoriana.
Ahora referente a las garantías jurisdiccionales, se destaca que existe un deber judicial de aplicar de manera obligatoria la reparación integral ante cualquier vulneración de derechos. Esto refuerza el compromiso del sistema judicial en la implementación efectiva de las medidas de reparación integral.
En conjunto, esta información ilustra la importancia de la reparación integral en Ecuador como una herramienta esencial para restaurar los derechos vulnerados y promover la justicia en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social.
Principios de eficacia y proporcionalidad
En la sentencia No. 306-16-EP/21, la Corte enfatizó que la reparación integral no es solo un deber, sino que debe ser aplicada de manera que sea efectiva y proporcional a las circunstancias del caso. Esto asegura que las medidas adoptadas sean adecuadas para garantizar una reparación justa y equitativa. (Corte Constitucional del Ecuador, 2021)
En el párrafo 44 de la misma sentencia señaló que la reparación integral no constituye una opción para el juez constitucional sino un deber y una obligación. Lo cual aclara que debe ser enfocada desde el punto de vista sistémico al momento de ordenarla, es decir, que deben mirar a la persona como un todo, buscando por todos los medios disponibles restablecer la situación de la persona afectada. Para que la sentencia se adapte al caso en particular, manteniendo un criterio de eficacia, proporcionalidad y principalmente, sin desconocer y afectar derechos de terceros.
Ante ello, se puede señalar que la Corte Constitucional, establece claramente que la reparación integral no es una opción discrecional para el juez constitucional, sino una obligación, consecuentemente cuando se demuestra que se ha vulnerado un derecho como resultado de una acción pública o privada, la Corte Constitucional está obligada a ordenar una remediación que aborde todas las afectaciones y busque restablecer la situación de la persona afectada.
La Corte enfatiza que la reparación integral implica, en la medida de lo posible, el restablecimiento de la situación al estado anterior a la vulneración del derecho, en la cual se mencionan principios fundamentales que guían la aplicación del derecho, lo que sugiere que la reparación debe realizarse de manera justa y completa, considerando todas las afectaciones.
La Magistratura reconoce la importancia de mirar a la persona como un todo al ordenar la reparación integral, esto implica que se deben considerar todas las dimensiones de la afectación sufrida, lo que refleja una perspectiva integral y centrada en la víctima en el proceso de reparación.
Es importante resaltar que existen diversas formas de hacer efectiva la reparación integral, y se insta al juez a elegir la que mejor se adapte a un caso específico, lo que implica un enfoque flexible y adaptable que puede variar según las circunstancias, pero con un criterio de eficacia y proporcionalidad.
En este sentido la Corte subraya que, al ordenar la reparación integral, se debe garantizar que no se desconozcan ni afecten los derechos de terceros, consecuentemente efectuar un equilibrio entre la reparación de la víctima y la protección de los derechos de otros involucrados en el caso.
Enfoque multifacético
En la sentencia N.º 639-19-JP/20 y acumulados, la Corte menciona las seis formas de reparación reconocidas por la ley ecuatoriana: restitución, compensación económica, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición, e investigación y sanción. Esta amplia gama de medidas muestra el enfoque multifacético de la reparación integral, asegurando que se aborden todos los aspectos del daño sufrido por las víctimas. Además, la Magistratura, señaló que las diversas formas de reparación, de acuerdo con la ley, están sin ánimo de ser taxativas. Se aclaró que se aplicarán las que sean posible y que no es necesario que un caso tenga todas las formas de reparación sino las que sean pertinentes al caso. (Corte Constitucional del Ecuador, 2020)
Restablecimiento del estado anterior y procesos judiciales ágiles y eficientes
La sentencia No. 011-16-SIS-CC aborda el proceso de ejecución de la reparación económica ordenada en sentencias de garantías jurisdiccionales. Aquí se establecen los procedimientos específicos para asegurar que las víctimas reciban la compensación económica necesaria para restablecerlas al estado anterior a la violación de derechos. En la misma sentencia, la Corte discute los procedimientos judiciales que deben seguirse para la ejecución de la reparación económica, asegurando que estos sean ágiles y eficientes, especialmente cuando el Estado es responsable del pago. (Corte Constitucional del Ecuador, 2016)
Es preciso mencionar que la Corte Constitucional en virtud del artículo 436 de la Constitución de la República realizó la interpretación conforme y condicionada de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional en relación con el concepto de reparación integral, lo que conlleva a que la Corte puede establecer directrices y reglas para la ejecución de medidas de reparación económica.
En este sentido señala que, en cuanto a la reparación económica, cuando el Estado es el responsable de efectuar el pago, el proceso debe ser sencillo, rápido y eficaz, y se mencionan plazos específicos para que el juez de primera instancia remita el expediente a la jurisdicción contencioso-administrativa, la avocación del conocimiento por parte de esta jurisdicción y la elaboración de un informe pericial.
Mientras tanto, cuando un particular debe realizar el pago de la reparación económica, el proceso de ejecución está a cargo de la misma autoridad jurisdiccional que conoció en primera instancia la causa de garantías jurisdiccionales.
Además, que, en caso de incumplimiento por parte del sujeto obligado en la ejecución de la reparación económica, el juzgado ejecutor debe poner esta situación en conocimiento de la Corte Constitucional, y que la misma puede intervenir para garantizar el cumplimiento de la reparación económica sin la imposición directa de sanciones por incumplimiento.
DISCUSIÓN
EL tema de la reparación integral en el contexto constitucional de Ecuador abarca varios aspectos fundamentales que son objeto de debate y reflexión tanto en ámbitos académicos como en la práctica jurídica y social. Actualmente existe un debate sobre la extensión y el contenido de lo que constituye una reparación integral. Algunos argumentan que debe ser lo más amplia posible, abarcando tanto daños materiales como inmateriales, y asegurando que las víctimas reciban medidas que no solo compensen económicamente, sino que también restituyan sus derechos y dignidad plenamente. (Guerra Moreno et al., 2020; Orna Vásquez, 2024; Verdugo Lazo, 2023)
Otro punto de discusión es la efectividad de los mecanismos judiciales y administrativos para implementar la reparación integral de manera oportuna y justa. Se cuestiona si los procesos son ágiles y suficientes para cumplir con las obligaciones de reparación, especialmente cuando el Estado es el responsable. (Ecuador Asamblea Nacional, 2009; Guerra Moreno et al., 2020; Ruiz Guzmán et al., 2018; Salazar Ortiz, 2024; Torres & Abrahan, 2020; Verdugo Lazo, 2023)
Además, existe un dilema ético y legal sobre cómo equilibrar los derechos de las víctimas con los derechos de terceros, especialmente en casos donde las medidas de reparación podrían afectar intereses legítimos de otras personas o entidades. Ligado a las Garantías de No Repetición que es uno de los principios fundamentales de la reparación integral, el hecho de asegurar que las violaciones de derechos no se repitan. Es necesario determinar qué medidas son más efectivas para prevenir futuros abusos y cómo se pueden implementar estas garantías de manera efectiva en diferentes contextos. (Barba et al., 2024)
En la actualidad se puede verificar la existencia de entrelazamiento con otros principios del derecho, como la igualdad, la justicia social y los derechos humanos en general. La discusión incluye cómo asegurar que la reparación integral no solo compense a las víctimas individualmente, sino que también contribuya a la construcción de una sociedad más justa y equitativa. Por todo ello son todavía desafíos a enfrentar de forma general tanto desde la perspectiva teórica y conceptual hasta consideraciones prácticas y éticas. Es un tema que refleja el compromiso de un Estado constitucional de derechos en garantizar la justicia y la dignidad para todas las personas afectadas por violaciones de derechos fundamentales. (Barba et al., 2024; Orna Vásquez, 2024)
Es por esta razón que se puede decir que, las oportunidades en Ecuador son significativas y prometedoras:
· Fortalecimiento de los derechos humanos: La reparación integral consolida el compromiso constitucional con los derechos humanos, promoviendo su respeto y protección efectiva.
· Justicia social y equidad: Permite abordar las desigualdades sociales y étnicas, asegurando que todos los ciudadanos, especialmente las comunidades vulnerables, tengan acceso a una justicia equitativa.
· Prevención de violaciones futuras: Al incluir medidas de no repetición, se busca prevenir futuras vulneraciones de derechos, promoviendo un ambiente de respeto y cumplimiento de la ley.
· Mejora del sistema judicial: Impulsa la eficiencia y transparencia del sistema judicial ecuatoriano al establecer criterios claros y obligaciones específicas en la reparación de derechos vulnerados.
· Promoción de la paz social: Contribuye a la reconciliación y paz social al ofrecer mecanismos efectivos para remediar conflictos y violaciones pasadas.
· Inclusión y diversidad cultural: Reconoce y respeta la diversidad cultural y étnica del país, garantizando la protección de los derechos colectivos de comunidades indígenas y minorías.
· Internacionalización del compromiso: Refuerza la imagen internacional de Ecuador como un país comprometido con los derechos humanos y el Estado de derecho.
· Desarrollo sostenible: Facilita el desarrollo sostenible al proteger los derechos ambientales y asegurar la reparación por daños ecológicos.
· Empoderamiento ciudadano: Empodera a los ciudadanos al ofrecerles herramientas legales para reclamar y obtener reparación por violaciones de derechos.
· Avance hacia una democracia participativa: Fomenta una democracia participativa al asegurar que todos los ciudadanos tengan acceso igualitario a la justicia y puedan participar en la defensa de sus derechos fundamentales.
CONCLUSIONES
La jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador sobre la reparación integral demuestra un compromiso claro con la aplicación efectiva de medidas reparadoras en casos de vulneración de derechos. Este enfoque no solo busca restablecer los derechos de las víctimas, sino también fortalecer la confianza en el sistema judicial y asegurar el cumplimiento de los principios constitucionales de justicia y derechos humanos en el país. Se ha destacado que la reparación integral es un mandato constitucional obligatorio, no opcional, respaldado por la Constitución y presente en todo el ordenamiento jurídico.
La Corte Constitucional ha jugado un papel importante en cuanto a las medidas de reparación integral, ya que establece en su jurisprudencia efectiviza los derechos constitucionales de las personas a su estado anterior a la provocación del daño. Se enfoca en restablecer la situación anterior a la vulneración en la medida de lo posible y se guía por principios de justicia y completitud; y que, en casos de incumplimiento, la Corte puede intervenir para garantizar el cumplimiento, medidas que son esenciales para restaurar los derechos vulnerados y promover la justicia.
La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional en Ecuador establece un marco integral y detallado para la protección y reparación de derechos vulnerados, en línea con los estándares internacionales de derechos humanos. Sin embargo, su implementación efectiva requiere enfrentar desafíos relacionados con la capacidad institucional, el cumplimiento de sentencias y la sensibilización sobre los derechos y procedimientos establecidos.
Abordar los desafíos requiere un enfoque integral y sostenido, involucrando la reforma legislativa, el fortalecimiento institucional, la promoción de la educación en derechos humanos, y un compromiso político firme. Solo así se puede garantizar que el principio de reparación integral se aplique de manera efectiva, promoviendo la justicia social y la equidad en Ecuador.
1. Barba, K. M. R., Calvachi, C. E. A., & Andrade, E. E. P. (2024). La reparación integral a víctimas de violencia. Iustitia Socialis: Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Criminalísticas, 9(1), 734-745. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=9545815
2. Carrión, L. C. (2015). Reparación Integral y Daño al Proyecto de vida. Ediciones Cueva - Carrión.
3. Corte Constitucional del Ecuador. (2013). SENTENCIA N.o 004-13-SAN-CC. Quito: Corte Constitucional. https://portal.corteconstitucional.gob.ec/FichaRelatoria.aspx?numdocumento=004-13-SAN-CC
4. Corte Constitucional del Ecuador. (2016). Sentencia N.° 011-16-SIS-CC. Quito: Corte Constitucional. http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/a467fda5-85d5-4400-be5d-bd446cd773b2/REL_SENTENCIA_011-16-SIS-CC.pdf
5. Corte Constitucional del Ecuador. (2020). Sentencia No. 639-19-JP/20 y acumulados. Quito: Corte Constitucional. https://www.corteconstitucional.gob.ec/sentencia-639-19-jp-20/
6. Corte Constitucional del Ecuador. (2021). Sentencia No. 306-16-EP. Quito: Corte Constitucional.
7. Ecuador Asamblea Nacional. (2009). Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Registro oficial no. 52. Gobierno del Ecuador. https://biblioteca.defensoria.gob.ec/handle/37000/3369#:~:text=Esta%20ley%20tiene%20por%20objeto,eficacia%20y%20la%20supremac%C3%ADa%20constitucional.
8. Ecuador Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro oficial Nro. 449. https://www.cec-epn.edu.ec/wp-content/uploads/2016/03/Constitucion.pdf
9. Ecuador Defensoria del pueblo & Universidad UTE. (2020). Informe temático sobre la situación de los derechos humanos durante la declaratoria del estado de excepción por la emergencia sanitaria por la COVID-19 en Ecuador 2020. Dirección Nacional de Administración del Conocimiento
10. Fernanda, L. M. (2019). Rol del Estado Ecuatoriano en la Reparación Integral. Jurídica EL FORUM.
11. Guerra Moreno, D., Pabón Giraldo, L. D., & Ramírez Carvajal, D. M. (2020). La reparación integral como principio prevalente en la responsabilidad del estado-una visión a partir de la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado colombiano. Revista republicana(28), 59-96. http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=S1909-44502020000100059&script=sci_arttext
12. Machado Maliza, M. E., Paredes Moreno, M. E., & Guamán Anilema, J. C. (2021). La reparación integral en el marco doctrinario, legal y su situación en el Ecuador. Dilemas Contemporáneos: Educación, Política y Valores, 8(SPE4), 00047. https://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S2007-78902021000600047&script=sci_arttext
13. Maraniello, P. A. (2019). Garantías de la Justicia Constitucional Ediciones Olejnik.
14. Orna Vásquez, F. P. (2024). El principio de oportunidad en la reparación integral de las víctimas [Tesis de graduación, Universidad Católica del Ecuador. Sede Ambato]. https://repositorio.puce.edu.ec/items/2175071a-8e19-4632-9766-0565384754df
15. Oyarte Martínez , R. (2020). Práctica Procesal Constitucional. Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones . http://www.cepweb.com.ec/ebookcep/index.php?id_product=461&controller=product
16. Quintana Garzón, I. (2020). Ejecución y acción de incumplimiento de sentencias constitucionales. Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones. https://books.google.com/books/about/Ejecuci%C3%B3n_y_Acci%C3%B3n_de_Incumplimiento_d.html?id=_ak3zgEACAAJ
17. Ruiz Guzmán, A., Aguirre Castro, P. J., Avila Benavidez, D. F., & Ron Erráez, X. P. (2018). Reparación Integral. Análisis a partir de la jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador. Secretaría Técnica Jurisdiccional, Quito - Ecuador. http://bivicce.corteconstitucional.gob.ec/bases/biblo/texto/2018._RI/RI.pdf
18. Salazar Ortiz, M. J. (2024). La reparación integral en el contexto de la jurisprudencia de la Corte Constitucional [Tesis de Maestría, La Libertad: Universidad Estatal Península de Santa Elena. 2024]. https://repositorio.upse.edu.ec/handle/46000/10655
19. Torres, G. A. G., & Abrahan, C. d. C. H. (2020). Reparación integral: principios aplicables y modalidades de reparación. Ius Humani. Revista de Derecho, 9(1), 251-268. http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1390-77942020000100251
20. Verdugo Lazo, J. E. (2023). (De) construyendo el derecho a la reparación integral a la víctima, realidad plausible o falsa expectativa [Tesis de Maestria, Quito, EC: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador]. https://repositorio.uasb.edu.ec/handle/10644/9298
FINANCIACIÓN
Los autores no recibieron financiación para el desarrollo de la presente investigación.
CONFLICTO DE INTERESES
Los autores declaran que no existe conflicto de intereses.
CONTRIBUCIÓN DE AUTORÍA
Conceptualización: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Análisis formal: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Investigación: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Metodología: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Administración del proyecto: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Recursos: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Supervisión: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Validación: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Visualización: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Redacción – borrador original: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.
Redacción – revisión y edición: Guido Javier Silva Andrade, Beatriz Del Carmen Viteri Naranjo, Stalin Daniel Cuji León, Erick Daniel Maji Gusqui.